
Ningún policía de los que participó en la brutal carga del 2F de 2014 en la que varios vecinos resultaron heridos testificará contra el último de los acusados que se sentará mañana en el banquillo. El juicio se celebrará a pesar de que el Ministerio Fiscal ha decidido renunciar a la prueba testifical inicialmente propuesta tras la inusual absolución ‘in voce’ que el juez dictó en abril de 2018 en la vista celebrada contra otros 3 acusados por los mismos hechos.
Todos ellos fueron detenidos o identificados durante la concentración del 2 de febrero de 2014 frente al restaurante La Parrilla de San Lorenzo, en cuyo interior se encontraban almorzando dirigentes del Partido Popular que ese día habían acudido a Valladolid a celebrar una convención nacional.
En la providencia dictada por Penal 3 para señalar el juicio contra J.G.B., que en su día no compareció a la vista en la que se absolvió al resto de acusados, se indica que “habiendo renunciado a la prueba testifical propuesta la acusación pública, se considera innecesaria la propuesta por la defensa al no tener que demostrar su inocencia, por lo que el acto del juicio quedará limitado a la declaración del propio acusado”.
Pese a la renuncia de la testifical, la Fiscalía mantiene sin embargo la acusación: “No pudo celebrarse el juicio frente al también acusado J. G. B. al desconocerse su paradero y encontrándose en situación de rebeldía procesal. Habiendo cesado esta situación por haber comparecido el mismo ante el Juzgado de lo Penal, entiende el Ministerio Público que el resultado de la anterior sesión no puede ser vinculante respecto del acusado, quien no ha prestado declaración ante el órgano encargado del enjuiciamiento. Por lo expuesto, el Fiscal interesa que se proceda a la citación de J.G.B. para la celebración del acto de juicio oral a fin de ser oído en calidad de acusado”.
En el juicio celebrado contra el resto de acusados el 19 de abril de 2018 el juez, a la vista de los vídeos, las declaraciones de los acusados, los agentes y parte de los testigos de la defensa, aseguró que ya tenía formada su opinión por lo que, con el beneplácito de la fiscalía y las defensas, decidió que era “innecesaria” la declaración del resto que esperaban en la puerta de la sala. El fiscal expuso en sus conclusiones que no formulaba acusaciones contra L. M. H. y J. H. ante la “falta absoluta de pruebas” y que “los hechos no se produjeron en el sentido del escrito inicial de acusación”, quedando automáticamente absueltos. No así contra J. V., dando por cierto que lanzó una patada al jefe operativo y que trató de obstaculizar una detención.
Sin embargo, el juez en una inusual sentencia 'in voce' justo al término del juicio, absolvió también a este último ya que “la declaración del agente no se ajusta a la realidad”, habiéndose confundido de acusado durante la videoconferencia, además de asegurar que “difícilmente pudo interrumpir” una detención en solitario. Aseguró que la versión policial “responde muy poco a lo ocurrido” según los vídeos exhibidos al comienzo del juicio donde “se ve a agentes de la policía dando patadas” a los manifestantes y no al revés. Por todo esto, recordó a los acusados que tienen derecho a solicitar acciones contra los agentes por falso testimonio. Añadió también que “quien estaba interrumpiendo el tráfico era el furgón policial”, desmontando así otro de los argumentos para disolver la concentración mediante la brutal carga policial del 2F.
Tras la denuncia presentada contra el agente, la juez titular de Instrucción 5 ha decidido continuar el procedimiento contra el policía con carné profesional 72339 como presunto autor de un delito de falso testimonio por haber mentido en el juicio.
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