No me refiero con este titular a los estudiosos del Derecho Constitucional, sino a aquellos que se están erigiendo en estos días como defensores de la Constitución y que, con sus actos, no hacen sino atentar gravemente contra sus disposiciones. Si lo anterior es grave, como ocurrió hace ya unos días en el Parlament de Cataluña, donde la mayoría parlamentaria arrodilló a una minoría, recordando el peor pasado de las mayorías absolutas del PP en España, a las que tanto estábamos acostumbrados en Castilla y León y a las que tanto critican ERC o la antigua CiU; es más grave aún si procede del Poder Judicial.
Eso es lo que ha sucedido con el auto dictado por el juez José Yusty Bastarreche que suspendía un acto que se iba a celebrar en un local cedido por el Ayuntamiento de Madrid en favor del derecho a decidir.
Llama poderosamente la atención leer el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid, que afirma, entre sus fundamentos de derecho, que “el uso del local municipal constituye un acto de apoyo” a la ley que hace de sustento al referéndum, suspendida, efectivamente, por el Tribunal Constitucional; que tal cesión se dirige “contra el orden constitucional” o que lo anterior “atenta contra los intereses generales” porque es contrario a la unidad de España.
Parece mentira poder encontrar enunciados de esta categoría por parte de un juez en España, que debe conocer –y estoy seguro de que conoce- el ordenamiento jurídico y constitucional español a la perfección. Quizás podrá sonar menos raro si tenemos en cuenta que este juez es conocido por sus manifestaciones ultraderechistas y sus críticas al independentismo y a otras leyes emanadas de las Cortes Generales, como la Ley de la Memoria Histórica. Parece, en este caso, que este juez, más bien, estuviera intentando usar su posición en el Poder Judicial para hacer política en vez de aplicar las leyes, lo que constituiría un claro acto de prevaricación.
No se puede entender cómo este juez desoye la propia doctrina del Tribunal Constitucional. Precisamente, al hilo del proceso catalán que estamos viviendo, la sentencia 42/2014, que declaraba inconstitucional parcialmente la Resolución 5/X del Parlamento de Cataluña, decía, a la vez, sobre el derecho a decidir lo siguiente: “no aparece (el derecho a decidir) proclamado como una manifestación de un derecho a la autodeterminación no reconocido en la Constitución, sino como una aspiración política a la que solo puede llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional con respeto a los principios de legitimidad democrática, pluralismo y legalidad, expresamente proclamados en la Declaración en estrecha relación con el derecho a decidir”. Es decir, las alusiones hechas a este derecho no son inconstitucionales en tanto en cuanto son una aspiración legítima, siempre y cuando se consiga mediante los cauces constitucionales establecidos el efecto.
¿Se imaginan la suspensión por parte de un juez de un acto del PSOE donde defienda un Estado federal porque la Constitución no dice que somos un Estado de este tipo? ¿O uno del PP donde se defienda una vuelta a la centralización del Estado y acabar con el Estado de las autonomías? Probablemente no. Y es que pronunciamientos como el de este Juzgado madrileño no tienen cabida en nuestra democracia porque, a diferencia de otras, no somos una democracia militante. Esto quiere decir que toda disposición establecida en la Constitución se puede modificar a través de cualquiera de sus dos procedimientos, ya sea el agravado del artículo 168, previsto para el Título Preliminar, derechos fundamentales o la Corona, o el del artículo 167. En otros países, como Italia, hay algunas partes de la Constitución irreformables, como la forma republicana de gobierno. Ello permite que en España puedan existir partidos que defiendan una reforma constitucional o un proceso constituyente.
Este juez no se ha dado cuenta de que, quizás, con pronunciamientos así, que constituyen claramente una censura previa, algo constitucionalmente prohibido, puede que les esté haciendo un flaco favor a aquellos que han intentado silenciar a la oposición en el Parlament, que son los independentistas catalanes.
Cada vez estoy más convencido de que la única forma de solución política del conflicto catalán es un referéndum constitucional, legal y pactado. La Constitución nos otorga instrumentos para ello, como el artículo 92 o la competencia de las Comunidades Autónomas para proponer una reforma constitucional, tal y como han sostenido constitucionalistas tan autorizados como Rubio Llorente, al que tanto echamos de menos. Mientras tanto, el inmovilismo de ambos bandos no conduce a otra cosa que una mayor politización de un órgano, ya de por sí, muy deslegitimado en Cataluña tras la sentencia 31/2010 sobre el Estatut, como es el Tribunal Constitucional; y a la vergüenza ajena de ver cómo policías entran en imprentas para tratar de investigar si allí se están imprimiendo papeletas para un supuesto referéndum.
Mientras tanto, el problema catalán sirve para que no se hable de otra cosa, que no se dé importancia a que el juzgado donde se encontraban miles de pruebas que atestiguaban la corrupción del PP en Valencia se quemara misteriosamente hace muy poco, ni que tampoco se hable de la corrupción de la derecha nacionalista catalana y el empobrecimiento de la mayoría social de ciudadanos catalanes durante los años de crisis. “Marca España” en toda regla.
La actual situación les beneficia políticamente tanto a unos en Barcelona como a otros en Madrid. Pero ya es hora de que los políticos se pongan manos a la obra, se dejen de puro teatro y hagan lo que los electores les han encomendado: política. Ello consiste en sentarse e intentar solucionar un problema difícil. No todo es blanco o negro en este conflicto. Debemos construir un país donde todos tengamos cabida y se reconozcan todas las identidades, donde nos sintamos orgullosos de pertenecer a una patria común, a una nación de naciones, plural, rica y diversa.